martes, 15 de junio de 2010
La Corte ratificó la vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
El máximo tribunal rechazó hoy por unanimidad la medida cautelar dictada en Mendoza, por la que la norma está vigente. La Federación de Trabajadores de la Cultura y la Comunicación (FETRACCOM-CTA) saludó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación puesto que la nueva legislación "promueve la democratización del mensaje comunicacional, garantiza la pluralidad informativa y el acceso a la información".
En un comunicado de prensa de la FETRACCOM firmado por su secretario general, Juan Carlos Giuliani, se sostiene que "no hay justa distribución de la riqueza sin democratizar la comunicación", a la vez que se remarca el concepto de que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es una de las normas que "congregó mayor grado de consenso social desde el retorno de la democracia".
La FETRACCOM-CTA, integrante de la Coalición por una Radiodifusión Democrática, recordó que la línea argumental de la ley que reemplaza al decreto de la dictadura militar, "se basa fundamentalmente en los 21 puntos redactados en 2004 por la Coalición".
Finalmente la FETRACCOM advierte: "Es imperioso que las organizaciones de los trabajadores de prensa y comunicación, las organizaciones sociales, territoriales, académicas, culturales, de pueblos originarios, en suma, las organizaciones libres del pueblo, mantengamos la vigilia y movilización permanente sin bajar la guardia para garantizar la efectiva aplicación de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que desmonta el oligopolio informativo".
El fallo
La decisión de la Corte que dejó sin efecto la resolución provisoria dictada a pedido del diputado nacional Enrique Thomas fue "unánime" y la suscribieron los siete jueces del máximo tribunal.
La Corte concluyó que un diputado "no tiene legitimación para reeditar en sede judicial un debate que perdió en el Congreso".
Fuentes vinculadas a la causa señalaron que la decisión de la Corte constituye "un mensaje para los que gobiernan con medidas cautelares".
La Corte consideró que "una cautelar que suspende la vigencia de la totalidad de una ley con efectos generales para toda la población es incompatible con la división de poderes y la razonabilidad".
El máximo tribunal aclaró que el fallo "no se relaciona con la valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus efectos, con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite parlamentario".
Thomas había solicitado la medida como "ciudadano" y como legislador, pero la Corte sostuvo que carecía de legitimidad en ambos casos.
La Corte Suprema señaló que una ley invocando la calidad de ciudadano "debe demostrarse un perjuicio diferenciado", y destacaron que Thomas no probó tener un interés concreto "ya que el Poder Judicial no hace el control de la legalidad de las leyes de manera abstracta".
Con relación a la condición de Thomas para pedir la medida provisoria como "diputado", la Corte evaluó que "es en el Congreso donde se debe dar el debate", ya que "están en discusión los derechos, inmunidades y prerrogativas que el asisten en su condición de legislador".
Si se hiciera lugar a lo que pide Thomas "quien no actúa en representación de la Cámara (de Diputados), se arribaría al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que solo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla".
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